Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Cómo vigila el INFIHUILA el cumplimiento de los proyectos a desarrollar con los créditos?
¿Quién aprueba los proyectos que financia el INFIHUILA ?
¿Qué debe hacer un municipio para acceder a un préstamo?
El municipio que quiera acceder a un préstamo con el INFIHUILA debe presentar una solicitud al Instituto acompañada de los siguientes documentos:
Solicitud de crédito suscrita por el Alcalde, donde se indique la destinación del crédito, y la cuantía solicitada.
Formatos de solicitud y seguimiento de SARLAFT.
Acuerdo del Concejo Municipal donde autorice al Alcalde para contratar el Empréstito y constancia del Secretario (a) del Consejo sobre su vigencia.
Certificado de la oficina de Planeación Municipal donde conste que el proyecto a financiar está contemplado en el Plan de Desarrollo Municipal y concepto favorable de esta misma oficina sobre la convivencia técnica, social, y económica, del proyecto a financiar.
Estado de la deuda pública certificada por el Secretario de Hacienda o el Tesorero del municipio, que contenga como mínimo para cada crédito, la siguiente información:
Entidad que otorga el crédito.
Destinación.
Rentas pignoradas y porcentaje de pignoración.
Interés pactado.
Forma de pago.
Saldo de la deuda a la fecha.
Proyección del servicio anual hasta el vencimiento, discriminando para cada vigencia el valor del capital, de los intereses y del saldo.
Ejecución presupuestal de ingresos y egresos a diciembre 31 de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, certificado por el Secretario de Hacienda, el Tesorero o funcionario competente.
Ejecución presupuestal de ingresos y egresos de la vigencia actual con una fecha de corte no mayor a un mes, contados a partir de la presentación de solicitud del crédito certificado por el Secretario de Hacienda, el Tesorero o Funcionario Competente
Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Certificación sobre la capacidad de pago, conforme con las normas que regulan la materia, expedido por el Secretario de Hacienda o Tesorero o funcionario competente.
Flujo de caja del mes anterior a la solicitud de crédito
Certificado sobre el cumplimiento de los límites de gasto de la ley 617 de 2000, expedido por el Alcalde Municipal.
Cronograma de desembolsos, acorde con la ejecución del proyecto o programa a ejecutar.
Acta de posesión del Alcalde y fotocopia de identidad ampliado al ciento cincuenta por ciento (150%). Rut del alcalde y municipio.
Para los casos en que sea obligatorio según la normatividad vigente, anexar la evaluación por una empresa calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera, en la que se acredite la capacidad de contraer el nuevo endeudamiento.
Estados Financieros del Solicitante correspondientes a vigencia anterior y de los trimestres trascurridos hasta de la presente vigencia.
Los demás requisitos que se requieran, según las normas vigentes.
Autorización para endeudamiento por parte del comité de políticas COMFIS
Certificado libertad, suficiencia y valor de la renta, objeto pignoración
Categorización del municipio